La constitución política de los Estados Unidos Mexicanos establece las bases de la protección de los derechos de autor en los siguientes artículos:
- Artículo 73, Título XXV: Otorga al Congreso de la Unión la facultad de legislar en materia de derechos de autor, permitiéndole al Congreso dictar y modificar leyes que regulen ese derecho.
- Fracción XXIX-Ñ del Artículo 73: Amplía la facultad del Congreso para promulgar legislación con respecto a otros materiales de propiedad intelectual sujetos a derechos de autor.
Antecedentes Legislativos
Primera Ley Federal de Derecho de Autor (1947): Esta ley se basó en el Código Civil de 1928. y copiar partes. La ley también extiende la protección de los derechos de autor hasta 20 años después de la muerte del autor en beneficio de sus herederos. Además, por primera vez se clasifican los delitos relacionados con la infracción de derechos de autor.
Reforma a la Ley Federal de Derecho de Autor (1982): Esta ley fue reformada el 11 de enero de 1982 para incluir nuevas disposiciones respecto del uso de obras e interpretaciones con fines publicitarios o promocionales. Extiende la protección a los artistas intérpretes o ejecutantes, no sólo a los escritores.
Diario Oficial de la Federación. (2020). Ley Federal del Derecho de Autor. EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. url: http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Federal/html/wo17068.html

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